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Nacional |
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| BBVA obligada a indemnizar a una viuda a la que negaba la cobertura del seguro de vida |
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| REDACCIÓN | 17 de Agosto de 2010 |
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La intervención de FACUA ayuda a resolver el litigio.
Tras la
intervención de FACUA-Consumidores en Acción, BBVA Seguros ha indemnizado con
35.000 euros a una viuda a la que negaba la cobertura del seguro de vida de su
esposo.
Teresa G.G., de la localidad jiennense de Linares, se asoció a FACUA
Jaén al llevar meses solicitando sin éxito a BBVA Seguros que asumiese el pago
de la cobertura establecida en la póliza.
La compañía se negaba argumentando
que el fallecido no le había notificado su enfermedad al firmar el contrato.
En su respuesta, la empresa indicaba que "dada la naturaleza de la
enfermedad diagnosticada con anterioridad a la contratación del seguro, BBVA
Seguros considera que no le era desconocido, por lo que de conformidad con lo
previsto en el artículo 4 de la Ley de Contrato del Seguro, queda liberada del
pago de la indemnización procediendo a la anulación de la póliza".
En su reclamación, FACUA argumentó que la aseguradora no había cumplido el
requisito de someter al usuario a un cuestionario sobre su estado de salud.
El artículo 10 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro,
establece que "el tomador del seguro tiene el deber, antes de la
conclusión del contrato, de declarar al asegurador, de acuerdo con el cuestionario
que éste le someta, todas las circunstancias por él conocidas que puedan
influir en la valoración del riesgo".
Pero "quedará exonerado de tal deber", continúa la norma, "si
el asegurador no le somete cuestionario o cuando, aun sometiéndoselo, se trate
de circunstancias que puedan influir en la valoración del riesgo y que no estén
comprendidas en él".
Ante las actuaciones de FACUA, la empresa se mostró dispuesta a abonar una
indemnización, que cuantificó en 20.773 euros.
La usuaria y la Asociación
valoraron que la cantidad era muy reducida, por lo que FACUA exigió un importe
superior, que la entidad aceptó. Finalmente, Teresa ha sido indemnizada
con 35.000 euros.
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| Anónimo | 12/01/2011 12:55:52 |
#1 |
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Los bancos añaden seguro de vida con las tarjetas de crédito para cuando pagas el viaje con esa tarjeta. Normalmente cuando ocurren accidentes las familias no tienen conocimiento del tema y en el Registro del Ministerio de Justicia, a efectos de herencia e impuestos, no constan esas pólizas. Debieran de estar incluidas y no vale la disculpa de que se trata de un seguro colectivo. Las tarjetas son Individuales. |
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