Los accidentes de tráfico están entre las principales causas de muertes violentas en el mundo. En el caso de España, los delitos derivados por este motivo están contemplados en el Código Penal, cuyos estatutos establecen sanciones y medidas como los juicios rápidos por alcoholemia para castigar la negligencia e imprudencia al conducir. Todos estamos obligados a saberlo
De acuerdo con las últimas estadísticas publicadas por la Dirección General de Tráfico (DGT), los accidentes de circulación se habían cobrado la vida de, al menos, 802 personas hasta septiembre de este año en España, incluso en ese mismo mes 97 personas habían fallecido por esta causa.
La DGT detalla que en el país el año pasado aumentaron un 9% las sentencias condenatorias correspondientes a delitos contra la seguridad vial. Fueron 89.264 condenas, 7.313 más que en 2017. La principal causa de estas sentencias fue conducir bajo los efectos de bebidas alcohólicas.
Aunque la idea es no dar más importancia de la necesaria a este tipo de estadísticas, nadie está exento de sufrir en cualquier momento un accidente de tráfico por culpa del excesivo consumo de una bebida alcohólica. Por esto es conveniente saber a quién acudir en caso de verse involucrado en una situación así.
Una firma que es referencia para tratar este tipo de casos legales, entre otros muchos, es JR Abogados, un despacho especialista en la defensa penal por delitos contra la seguridad vial, como alcoholemias, conducción temeraria, exceso de velocidad y conducción sin puntos. Son expertos en asistir a un cliente en juicios rápidos.
Este despacho, creado en 2006, presta sus servicios a particulares y empresas, cuenta con abogados conocedores no solo de los delitos contra la seguridad vial, sino también en las demás especialidades del Derecho: civil, penal, nuevas tecnologías…
Una medida ante una alta incidencia
Debido a la incidencia de los accidentes de tránsito a causa de la ingesta de bebidas alcohólicas, el 24 de octubre de 2002 fueron creados los juicios rápidos por alcoholemia, cuya normativa legal es tratada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal de España.
En el sitio web https://abogadoalcoholemia.com/juicio-rapido-alcoholemia/ se puede conocer con detalle todo lo relacionado con este tipo de juicio, el cual está destinado para delitos cuyas penas que no excedan de los cinco años de prisión y cuando la persona haya sido detenida de manera flagrante; es decir, cometiendo la falta o que al momento de su detención haya pruebas contundentes que hagan suponer que ha participado en un delito.
En el caso de los juicios rápidos por alcoholemia, será un juzgado penal el que decidirá en este proceso. Normalmente lo hace el juzgado de instrucción que se encuentre de guardia en el momento de ser presentado el infractor. En este caso específico, será cuando esta persona haya superado los 0,60 miligramos de alcohol por litro por aire espirado, o 1,2 gramos por litro en sangre. También cuando alguna persona se niega a someterse al control de alcoholemia.
Tasa de alcohol permitida
En vista de que conducir bajo los efectos del alcohol supone un serio peligro para todos, las autoridades establecieron hace ya muchos años qué tasas de alcohol estaban permitidas en función del tipo de conductor o las características de los vehículos. Estas tasas han ido variando con el paso del tiempo.
En 1999, lo máximo que podía dar un análisis de alcoholemia era de 0,5 gramos de alcohol por litro en sangre o 0,25 miligramos de alcohol por litro de aire expirado. Anteriormente, los baremos estaban establecidos en 0,8 g/l o 0,4 mg/l. Esa tasa aún se mantiene para las personas con más de dos años de carnet con licencias tipo M, A1, A2, A y B.
Para los conductores con carnet de conducir tipo C1, C, D y BTP, la tasa fue reducida a 0,3 gramos de alcohol por litro de sangre o 0,15 miligramos de alcohol por litro de aire expirado, Recordemos que el tipo de carnet BTP es para los profesionales del automóvil en general, incluidos los de transporte escolar, los que hacen servicios de urgencias y los que transportan mercancía peligrosa.
La normativa indica que durante los dos primeros años de carnet los nuevos conductores tienen la misma tasa de alcoholemia que los profesionales.Es importante tener en cuenta que no es necesario haber ingerido mucho alcohol para que una persona de positivo en una prueba de alcoholemia. Para que se dé este resultado tienen influencia algunos factores, entre éstos el sexo de la persona, el peso, el tipo de bebida ingerida y si ingirió alimentos.